
La obligación de conducir vehículos con la velocidad permitida no es el único deber jurídico de cuidado que debemos observar al circular en las calles para evitar conductas culposas que configuren un delito.

La obligación de conducir vehículos con la velocidad permitida no es el único deber jurídico de cuidado que debemos observar al circular en las calles para evitar conductas culposas que configuren un delito.